14 marzo, 2012

reforma ¿laboral?


mierda pinchada en un palo reforma laboral
Hoy he aprendido una expresión nueva, pero ya os advierto que es como decir "Mamut" o "Tyrannosaurus Rex"; quiero decir que claro que puedo pronunciarla pero está extinta. Si los llamas verás como no responden. De todos modos, la pronuncio, a ver si os suena a vosotros. Se trata de: "salario de tramitación".

Los que seáis duchos en la materia ya podéis dejar de leer aquí mismo, pero para los que como yo, no tengáis claro de qué se trata ¡uy, perdón!... De qué se "trataba", quedaos. Os va a resultar interesante.

¿Recordáis a mi amiga, la del despido disciplinario? Pues la he acompañado esta mañana al TAMIB que es la oficina del Tribunal de Arbitraje y Mediación que corresponde aquí a Baleares pero hay equivalentes repartidas por toda la geografía. Pues bien, ahí mismo, mientras no comparecía la parte despidiente (ush, cómo cuesta referirse a ellos con tanta formalidad), que no creáis que porque es una empresa pequeñita y no tengan un equipo de abogados detrás. Qué va. Es una internacional la mar de grande, pero no, no han venido. Total, que mientras esperábamos que llegaran para pedir perdón (o no) y para readmitir (o no) a mi amiga injustamente despedida pero además humillantemente tratada, nos ha explicado nuestra simpática abogada que “claro, como ya no tienen que pagar el salario de tramitación con la nueva reforma, no tienen ninguna prisa”. 

Así pues, no con palabrería, sino con un claro ejemplo, os voy a explicar qué es eso de que nos han abaratado el despido y ya después vosotros, libremente y con calma, sacáis vuestras propias conclusiones sobre si esta reforma en general o este puntito pequeño en el artículo 151 sirven para crear o, destruir empleo.

Hasta ahora, cuando un empresario despedía a un empleado en lo que éste consideraba que era indebido, tenía derecho a recurrir. Se citaba, como hoy, a ambas partes al Tribunal de Mediación y, en el caso de no alcanzar a un acuerdo (o no presentarse), el empleado de patitas en la calle (gratis), interponía una demanda en el Juzgado. De todos es sabido que un juez tiene mucho más poder de convocatoria que un empleado declarado inservible para una empresa de modo que entonces, el empresario sí acudía a la cita y si escuchaba de boca del juez que el despido era improcedente, podía readmitir al trabajador o indemnizarle, pero para compensar todo ese tiempo que inútilmente había estado tratando de estafar a un empleado al que además, había despedido injustamente, se le obligaba a pagarle lo que se conoce ¡uy, perdón!... "conocía", como salario de tramitación. Es decir, si habían transcurrido dos meses; dos meses de sueldo y, en el caso de que hubieran pasado más de sesenta días, la diferencia la ponía el estado. 

Pues bien, la ley ha cambiado ahora, por aquello de bajar la cifra de cinco millones de parados, salir de la crisis bla bla bla y todo eso ¡seguro que algo habéis visto en la tele! Y ahora, cuando mi amiga se encuentre dentro de muchos, pero que muchos meses (nos ha advertido nuestra simpática abogada) frente a frente de nuevo, con el representante de su empresa ¡uy, cómo estoy! De su ex empresa, y el juez le diga que es improcedente el despido (que se lo va a decir, vaya que se lo va a decir), la empresa tendrá dos opciones: 

Opción 1- No readmitirla con lo que le pagará la indemnización por despido improcedente (es decir; que no procedía, que era injusto, que no tenía que haberla despedido) pero no el salario que le hubiera correspondido o:

Opción 2- Readmitirla con lo que tendrá que pagarle además, el salario de todos estos meses transcurridos.

Muy bien, para asegurarme de que habéis entendido este texto y consciente de que yo no era ni mucho menos objetiva escribiéndolo porque la parte despedida era amiga mía, quiero pediros que os pongáis por un momento en la piel del empresario.

Ahora imagina que la has despedido porque te molestaba su manera de caminar o, su perfume o... cualquier otra cosa tremendamente importante, pero que esos malditos estatutos no recogen y mira que hay puntos, pero claro, la despides, porque para algo es tu empresa y crees que puedes hacer con ella y quienes trabajen en ella lo que quieras, pero un juez te dice muchos meses después que eso es inadmisible o, como dicen ellos: "improcedente", ¿qué haces?

¿La readmites teniendo que pagarle el sueldo de todo este tiempo? O... ¿no la readmites?

Hala, os dejo a solas con vuestros pensamientos. Los míos, hoy aún un poco más, son que en este país o se está indignado, o se está ciego. Eso sí, la indignación por sí sola no nos lleva a ningún sitio bueno. Hay que hacer algo útil con ella...


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1 comentarios:

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